Los fondos mutuos en ST. VICENTE Y LAS GRANADINAS PDF Print E-mail
Tipos de Fondos
Fundamentalmente, hay tres tipos de fondos mutuos que pueden establecerse en San Vicente y las Granadinas:
1. Acreditado Fondos
2. Privado o acreditados los fondos
3. Fondos Públicos
"Acreditado fondo", un fondo mutuo
(a) las acciones de las cuales están a disposición únicamente a inversores acreditados y la inversión inicial en la que, en el respeto de la mayoría de esos inversionistas, no es menos de veinte y cinco mil dólares por los inversores en la moneda de los Estados Unidos o su equivalente en cualquier otra moneda, siempre que, tal umbral mínimo de inversión no se aplicará respecto de una inversión efectuada por el gerente, administrador, promotor o asegurador del fondo, o
(b) que sea designada como un "acreditado fondo" de los reglamentos;
"Inversores acreditados" se entiende una persona
(a), cuyo normal de la empresa implica, ya sea por su propia cuenta o las cuentas de los demás, la adquisición o enajenación de bienes del mismo tipo que la propiedad, o una parte sustancial de la propiedad, del fondo, o
(b) que ha firmado una declaración que ella o él, ya sea individual o conjuntamente con su cónyuge (según el caso), tiene un valor neto de más de un millón de dólares en la moneda de los Estados Unidos o su equivalente en cualquier otra moneda y que ella o consiente a ser tratado como un inversor acreditado;
"Privado o acreditados fondo", un fondo mutuo
(a) los documentos constitucionales de los que se especifican que no tendrá más de cincuenta inversionistas;
(b) los documentos constitucionales de los que se especifican la realización de una invitación a suscribir o adquirir acciones emitidas por el fondo mutuo es que se realice sobre una base privada, que deberá incluir -
i. una invitación a determinadas personas y no es tomado en cuenta para dar lugar a acciones cada vez a disposición de otras personas o para un gran número de inversores, o
II. por razón de un particular o empresa conexión entre la persona que efectúa la invitación y el inversionista, o
(c), que ha sido designada responsable de una empresa privada o los fondos acreditados por los reglamentos;
"Fondos públicos", un fondo mutuo que no sea privado o acreditados o un fondo de fondos acreditados;